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El nuevo convenio de hostelería de Cantabria obliga a su aplicación a las empresas multiservicios
Las empresas multiservicios deberán aplicar las condiciones laborales y económicas previstas en este durante el tiempo de su prestación.
Hoy se ha procedido a la firma entre los agentes sociales y patronal del Convenio Colectivo de Hostelería de Cantabria, al que se le ha añadido el texto:
Las empresas que presten servicios en otras incluidas en el ámbito del presente Convenio Colectivo, deberán aplicar las condiciones laborales y económicas previstas en este durante el tiempo de su prestación.
Las empresas afectadas por este convenio que contraten o subcontraten con otras empresas la realización de servicios propios correspondientes a la actividad principal de la empresa, deberán comprobar que los trabajadores prestatarios de tales servicios, tienen reconocidos los derechos contenidos en el presente convenio a todos los efectos salariales y laborales.
Destaca del contenio de nuevo convenio:
VIGENCIA: CINCO AÑOS2017-2021.
INCREMENTO SALARIAL:
AÑO 2017: 1,3%
AÑO2018: 1,3%
AÑO2019: 1,3%
AÑO 2020: 1,3%
AÑO2021: 1,5%
CONSOLIDACIÓN PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE:
AÑO2017: 19 días.(Equivalentea0,6%).
AÑO2018: 22 días.(Equivalentea0,6%).
AÑO2019: 25 días.(Equivalentea0,6%).
AÑO2020: 28 días.(Equivalentea0,6%).
AÑO2021: 30 días.(Equivalentea0,4%).
REVISION SALARIAL: Clausula de revisión salarial hasta un 0,8%, en caso de que el IPC real supere el 1,9% (incremento salarial + incremento paga octubre).
CONTRATACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS: Las empresas que presten servicios en otras incluidas en el ámbito del presente Convenio Colectivo, deberán aplicar las condiciones laborales y económicas previstas en este durante el tiempo de su prestación.