El nuevo convenio de hostelería de Cantabria obliga a su aplicación a las empresas multiservicios

Las empresas multiservicios deberán aplicar las condiciones laborales y económicas previstas en este durante el tiempo de su prestación. 

Hoy se ha procedido a la firma entre los agentes sociales y patronal del Convenio Colectivo de Hostelería de Cantabria, al que se le ha añadido el texto:

Las empresas que presten servicios en otras incluidas en el ámbito del presente Convenio Colectivo, deberán aplicar las condiciones laborales y económicas previstas en este durante el tiempo de su prestación. 

Las empresas afectadas por este convenio que contraten o subcontraten con otras empresas la realización de servicios propios correspondientes a la actividad principal de la empresa, deberán comprobar que los trabajadores prestatarios de tales servicios, tienen reconocidos los derechos contenidos en el presente convenio a todos los efectos salariales y laborales.

Destaca del contenio de nuevo convenio: 

VIGENCIA:   CINCO  AÑOS2017-2021.

INCREMENTO  SALARIAL:

AÑO 2017: 1,3% 

AÑO2018: 1,3% 

AÑO2019: 1,3% 

AÑO 2020: 1,3% 

AÑO2021: 1,5%

CONSOLIDACIÓN PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE:

AÑO2017:     19 días.(Equivalentea0,6%).

AÑO2018:     22 días.(Equivalentea0,6%).

AÑO2019:     25 días.(Equivalentea0,6%).

AÑO2020:     28 días.(Equivalentea0,6%).

AÑO2021:     30 días.(Equivalentea0,4%).

REVISION SALARIAL: Clausula de revisión salarial  hasta  un 0,8%, en caso de que el IPC real supere el 1,9% (incremento salarial + incremento paga octubre). 

CONTRATACIÓN  O SUBCONTRATACIÓN  DE SERVICIOS:    Las   empresas que presten servicios en otras incluidas en el ámbito del presente Convenio Colectivo, deberán aplicar las condiciones laborales y económicas previstas en este durante  el tiempo de su prestación.